Innovación y Tecnología

 

 

Desde 11/02/2021 a 11/03/2021

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial-IVACE ha publicado la Resolución de 03 de febrero de 2021, por la que se convocan subvenciones a proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2021.

Beneficiarios:
Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes (CNAE 2009):

  • Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43.
  • Sección H-Divisiones 49 a 53.
  • Sección J-Divisiones 58 a 63.
  • Sección M-Divisiones 69 a 74.

Costes subvencionables:

Digitaliza transformación
a) Adquisición de activos inmateriales.

  1. Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
  2. Desarrollo de aplicaciones a medida.
  3. Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software.

b) Adquisición de activos materiales:

  1. Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos en soluciones.
  2. Adquisición o adaptación de bienes de equipo directa y exclusivamente relacionados con las soluciones recogidas en el apartado.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 14.500 euros

Digitaliza teletrabajo
a) Adquisición de activos inmateriales.

  1. Licencias de software.
  2. Desarrollo de aplicaciones a medida.
  3. Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto.
  4. Costes de instalación, adaptación, configuración y puesta en funcionamiento de las soluciones.

b) Adquisición de activos materiales:

  1. Equipos de telecomunicación y de seguridad necesarios para el funcionamiento de las soluciones.
  2. Servidores, destinados exclusivamente a las soluciones contempladas.
  3. Ordenadores personales así como los dispositivos de comunicación de los mismos, necesarios para desarrollar el trabajo remoto. Quedan excluidos, entre otros, los teléfonos móviles, las instalaciones de telecomunicación en los lugares desde donde se realiza el teletrabajo, así como el alta y las cuotas de los operadores de telecomunicación que faciliten los servicios de teletrabajo. El importe máximo admisible de los equipos incluidos en este apartado será de 14.500 euros.
  4. Adquisición o adaptación de bienes de equipo, sensores y automatismos, directa y exclusivamente relacionados con el control y la operación remota de procesos productivos, monitorización y soporte remoto de productos, así como la prestación de servicios no presenciales.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, así como, si fuera necesario, para la readaptación de la actividad o la organización de la propia empresa. El importe máximo admisible será de 14.500 euros.

Tipo de Ayuda:
Los proyectos que se presenten deberán cumplir los siguientes requisitos:

  • Presupuesto subvencionable a partir de:
    1. DIGITALIZA TRANSFORMACIÓN: 12.000 €.
    2. DIGITALIZA TELETRABAJO: 6.000 €
  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad al 1 de enero de 2021 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Solo podrá presentarse un proyecto

Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 40%
  • Mediana empresa: hasta el 30%

La cuantía de la subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros

Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 11 de febrero de 2021 y finalizará el 10 de marzo de 2021 a las 23:59.59 horas.

Mas información:

yolandar@avecal.es

Convocatoria: Resolución 3 de febrero de 2021, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) por la que se convocan subvenciones a proyectos de Digitalización de Pyme (DIGITALIZA-CV) con cargo al presupuesto del ejercicio 2021, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

 

 

Desde 11/02/2021 a 09/03/2021

El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial-IVACE ha publicado la Resolución de 04 de febrero de 2021, por la que se convoca la concesión de subvenciones a empresas para proyectos de I+D y de innovación para el ejercicio 2021, con cofinanciación de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

Beneficiarios:

PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la CV excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias, que cumplan además con los requisitos que se detallan a continuación, según la actuación a la que concurran.

Para las actuaciones de INNOVAProD-CV, las empresas deben desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.

Para las actuaciones de INNOVAProC-CV e INNOVAi4.0-CV, las empresas beneficiarias deben Desarrollar actividades encuadradas en la sección C – Divisiones 10 a 33-, o Sección H – Divisiones 49 a 52, siempre que las actividades de transporte y almacenamiento sean referidas a mercancías, de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.

Tipo de Ayuda:
Subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

El presupuesto subvencionable del proyecto debe ser mayor de 15.000 euros.

Plazos:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 11 de febrero de 2021 y finalizará el 09 de marzo de 2021 a las 23:59.59 horas.

Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): desde el 1/01/2021 hasta el 30/06/2022.

Plazo de justificación: hasta el 06/10/2022

Acciones Apoyables:

INNOVAProD-CV — Innovación de producto

Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante.

Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales.

El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.

INNOVAProC-CV — Innovación de proceso

Proyectos consistentes en la realización de acciones de alguna de estas tipologías:

  1. Readaptación de procesos mediante la aplicación de metodologías de mejora continua.
  2. Puesta en marcha o readaptación de procesos con criterios de ecoeficiencia con objeto de:
  • Obtener productos y servicios basados en el ecodiseño.
  • Incorporar tecnologías ecoeficientes.
  • Realizar una utilización eficiente de recursos.
  • Facilitar el reciclaje, la reutilización y la valorización de residuos, la clasificación de subproductos, y la simbiosis industrial.
  • Garantizar la trazabilidad del producto.

INNOVAi4.0-CV — Adaptación industria 4.0

Proyectos que tengan como objetivo la transformación digital de las empresas beneficiarias mediante la integración de tecnologías digitales, de nueva incorporación en el proyecto o previamente existentes en la empresa, trabajando simultáneamente en las siguientes áreas:

  • Hibridación del mundo físico y digital.
  • Comunicación y tratamiento de datos.
  • Procesamiento inteligente de la información digital.

Su resultado deberá ser la puesta en marcha de nuevas soluciones en alguno de los siguientes ámbitos: entre otros, virtualización, simulación de procesos, sistemas de fabricación avanzada (fabricación aditiva, láser…), robótica autónoma/colaborativa, operaciones asistidas por realidad aumentada/virtual, aprendizaje de patrones de funcionamiento, toma automática de decisiones, integración horizontal y vertical de procesos, nuevos productos/servicios basados en la interconexión digital.

INNOVATeiC-CV — Innovación soluciones TEICs

Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.

El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o, soluciones, preparadas para su comercialización.
Se admitirán igualmente nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.

Más información:

yolandar@avecal.es

Web IVACE

 

 

 

 

Desde 11/02/2021 a 11/03/2021

Resolución de la Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol-piedra natural y áridos, madera – mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la cuarta fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.

Beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directa o indirectamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria. En concreto las empresas del sector calzado tiene que tener alguno de los siguientes CNAE de actividad principal:

CALZADO

  • 1511 Preparación, curtido y acabado del cuero; preparación y teñidode pieles
  • 1512 Fabricación de artículos de marroquinería, viaje y de guarnicionería y talabartería.
  • 1520. Fabricación de calzado.

Actuaciones apoyables:
Serán subvencionables los proyectos de inversión que supongan la implantación de nuevas líneas de producción en establecimientos industriales nuevos o que ya están en producción en cualquier punto de la CV en el momento de la solicitud, así como las que conlleven mejoras o la modernización de líneas de producción en esos establecimientos industriales.

Proyectos de inversión de presupuesto mínimo subvencionable 20.000 € (IVA excluido), salvo para el sector del video-juego, que será de 10.000 € (IVA excluido). Serán ecesario mantener la inversión durante, al menos, 3 años.

La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de justificación de la subvención, el 02 de noviembre de 2021.

Gastos Subvencionables:

  1. Costes externos de adquisición y/o mejora de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción. Se admitirán como vinculados a la producción industrial los moldes y matrices, la maquinaria para certificación o control de calidad de productos, el equipamiento de los laboratorios internos y salas blancas en el establecimiento industrial, los transformadores, las depuradoras y equipos de gestión y/o reducción de los residuos, emisiones y efluentes generados por el proceso industrial, los vehículos y equipos de transporte por el interior de las instalaciones industriales, así como en general la maquinaria y equipos relacionados con el almacenaje, embalaje, preparación y la logística de las materias primas, productos intermedios o productos acabados.
  2. Adquisición, diseño a medida, implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales como patentes y/o diseños industriales, licencias de fabricación, software, aplicaciones, desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial de la misma. Se considerarán en todo caso vinculados a la producción industrial, entre otros, los activos destinados a la modelización, simulación y virtualización de procesos industriales, los destinados al mantenimiento preventivo, automatización, y sensorización de los procesos industriales, así como las aplicaciones de gestión logística interna y externa (CRM) o las tecnologías de gestión integrada de la información de la empresa (ERP). También será subvencionable en su caso, los pagos realizados, desde el 1 de enero de 2021 hasta la fecha de justificación, por el uso sin adquisición de esas licencias, software, aplicaciones, desarrollos o innovaciones,
  3. Costes imprescindibles para el registro de marcas, patentes, modelos de utilidad o diseños generado por la empresa beneficiaria, así como los de renovación.
  4. Costes de ingeniería industrial por colaboraciones externas que sean intrínsecamente necesarios para alguna de las actuaciones subvencionables, siempre que estén directamente vinculados con los activos que se adquieran.
  5. Gastos de auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa (se pueden incluir hasta 600€).

Ayuda:
Subvención del 35 % de los gastos subvencionables, sin superar los límites establecidos en el Reglamento europeo de minimis.

Solicitudes y Plazo:
El plazo de presentación de solicitudes es del 11 de febrero al 11 de marzo de 2021. La solicitud se tramita de forma telemática en el siguiente enlace:
enlace:https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=18295&version=amp

Más información:

yolandar@avecal.es

RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2021, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se efectúa la convocatoria para el ejercicio 2021, de ayudas para mejorar la competitividad y sostenibilidad de las pymes industriales de los sectores de la Comunitat Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol-piedra natural y áridos, madera – mueble e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valorización de residuos y los sectores emergentes de la biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos, dentro de la cuarta fase de implantación del Plan Estratégico de la Industria Valenciana.

Desde 02/12/2020 a 12/01/2021

Publicado en el BOE la convocatoria del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, a través de la Fundación Escuela de Organización Industrial EOI y el Instituto Valenciano de Competitividad (IVACE), de ayudas “Industria Conectada 4.0” dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española.

Beneficiarios
Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica (ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro, etc. ) que desarrollen o vayan a desarrollar una actividad industrial productiva referida a actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) en la Comunitat Valenciana.

Ayuda en especie
La ayuda consiste en un asesoramiento especializado e individualizado de un mínimo de 50 horas realizado por entidades acreditadas con experiencia en implantación de proyectos de Industria 4.0, que incluirá los siguientes servicios:

  1. a) Diagnóstico previo de la situación digital de partida de la empresa y un análisis interno de la organización y del negocio.
  2. b) Plan de transformación que incluirá las actuaciones del Plan, la cuantificación y priorización de oportunidades de digitalización y un benchmarking de habilitadores.
  3. c) Visitas necesarias a las instalaciones de la industria beneficiaria.
  4. d) Talleres demostrativos de contenido práctico, que acerquen las soluciones digitales a las empresas industriales beneficiarias del asesoramiento.

El precio de servicio objeto de ayuda es de 9.790 €, de los que la empresa beneficiaria abonará 605 €. El resto del coste será subvencionado por el Ministerio, a través de la Fundación EOI y el IVACE. Se realizará un pago a cuenta del 20 % del importe a abonar, tras la visita preliminar a la empresa beneficiaria, y la parte restante se abonará tras la finalización del asesoramiento.

Solicitud y plazo
El plazo de presentación de solicitudes concluye el 12 de enero de 2021, inclusive y, se realizará de manera telemática a través del siguiente enlace:
https://www.eoi.es/es/convocatorias/35499/convocatoria-2020-ayudas-empresas-industriales-de-la-comunidad-valenciana

Más información:

yolandar@avecal.es

Convocatoria: Resolución de 26 de noviembre de 2020 por la que se convoca la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto “Industria Conectada 4.0”.

Extracto de la convocatoria: Extracto de la Resolución de 26 de noviembre de 2020, de la Fundación EOI, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar la transformación digital de la industria española en el marco del Proyecto «Industria Conectada 4.0» (BOE de 02/12/2020)

Bases reguladoras: Orden EIC/741/2017, de 28 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de la industria española en el marco del programa Crecimiento Empresarial (BOE de 02/08/2017)

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.plugin cookies

ACEPTAR
Aviso de cookies