Cuatrecasas y Avecal han abordado los cambios normativos en materia de protección de los activos intangibles y los incentivos fiscales relacionados con el calzado durante una jornada celebrada en la sede de la patronal valenciana del calzado. En concreto, se ha hablado de las claves del Reglamento (UE) 2024/2822 y la transposición de la Directiva (UE) 2024/2823, así como de los aspectos tributarios relacionados con la I+D+i y el régimen fiscal que implica el Patent Box.

El abogado del área de Propiedad Intelectual y Nuevas Tecnologías de Cuatrecasas, Raúl Pérez, ha explicado que los últimos cambios en la normativa europea sobre diseño industrial implican “una mayor flexibilidad a la hora de tramitar solicitudes y registrar los activos intangibles por parte de las empresas”. Asimismo, ha recalcado que ahora las empresas “pueden hacer solicitudes múltiples de registro de diseños en la Unión Europea”, lo que va a facilitar el acceso a la protección de la apariencia externa de sus productos.

Como novedad en relación con el diseño industrial, la normativa ahora protege “características de apariencia que incluyen el movimiento, transición o cualquier otra forma de animación”, y se aplica tanto a productos con formato tangible como intangible. Además, introduce ajustes en los derechos exclusivos de los titulares en el ámbito digital y respecto a la denominada “cláusula de reparación”.

Durante su intervención, Pérez ha aconsejado a los asistentes tener en cuenta tres fases fundamentales en el diseño de cualquier producto: el proceso de creación, la decisión de su registro y la monitorización del mercado donde se va a comercializar, con el fin de maximizar su rentabilidad y protección.

En el último bloque de la sesión, el abogado del área de Derecho Tributario de Cuatrecasas, Philipp Potapov, ha hablado sobre los incentivos fiscales conectados a los intangibles, en particular el patent box y las deducciones por actividades de I+D+i, que pueden aplicar las empresas del sector del calzado para potenciar sus iniciativas en materia de innovación y desarrollo. Estos incentivos también buscan fomentar el crecimiento económico mediante la creación y puesta en valor de activos intangibles, así como la internacionalización de empresas innovadoras, ha señalado Potapov.

Respecto al patent box, Potapov ha incidido en que este incentivo fiscal, regulado por el artículo 23 de la LIS, permite “reducir las rentas procedentes de la cesión o transmisión de determinados activos intangibles creados por la empresa hasta en un 60 %, de forma que, en los mejores escenarios, sólo el 40 % de dichas rentas se integraría en la base imponible”. En todo caso, para determinar el alcance real de los beneficios fiscales, es conveniente analizar cada situación de forma individualizada, a fin de prevenir posibles riesgos que la Administración podría detectar en sede inspectora.

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